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NUEVO «CÓDIGO DE DISEÑO APROPIADO PARA LA EDAD» DE UK

Reino Unido ha implantado un nuevo Código como complemento al Reglamento General de Protección de datos y Leyes reguladoras de la Sociedad de la Información, para dar una mayor protección a los menores de edad. El propósito es regular cómo las aplicaciones y los servicios en línea deben tratar los datos de los niños. El 2 de septiembre de 2021 ha pasado a ser de obligado cumplimiento.

En qué consiste este Código

Se trata de un código novedoso que contiene 15 normas que velan por el interés del menor:

  1. El mejor interés del menor, debe ser la prioridad en el diseño y desarrollo de servicios a los que accedan niños.
  2. Evaluaciones de Impacto de Protección de datos, para evaluar y mitigar cualquier riesgo para los derechos y libertades de los menores, teniendo en cuenta las diferentes edades, capacidades y necesidades de desarrollo.
  3. Aplicación apropiada a la edad, se podrá bien determinar la edad con un cierto nivel de seguridad para así aplicar las medidas en consonancia sólo a algunos sujetos o bien implementar las normas del código para todos los usuarios.
  4. Transparencia respecto a la información sobre privacidad adaptados a un lenguaje claro y apropiado a la edad del menor.
  5. Uso perjudicial de los datos. No podrán emplearse de un modo que pueda dañar su bienestar o que atente contra los códigos de conducta de la industria.
  6. Políticas y normas comunitarias. Se deberán mantener publicados términos, políticas y normas comunitarias propias (incluido, pero no limitado a políticas de privacidad, restricción de edad, normas de comportamiento y políticas de contenido).
  7. Ajustes por defecto, basados en elevados estándares de seguridad por defecto.
  8. Minimización de los datos personales recogidos. Solo se recogerán los necesarios para ofrecer el servicio en los que el niño pueda participar de una manera activa y consciente.
  9. Cesión de datos. Queda prohibida la cesión de los datos del menor a menos que se pueda demostrar una razón de peso para hacerlo, teniendo en cuenta el interés superior del menor.
  10. Geolocalización. Las opciones de geolocalización deben estar desactivadas por defecto. También se tendrá que mostrar un aviso o señal lo suficientemente evidente para mostrar que esté activo.
  11. Controles parentales. Si el servicio de control parental permite a los padres o tutores monitorizar la actividad, el niño debe recibir la información adecuada al respecto.
  12. Elaboración de perfiles. La elaboración de perfiles sólo debería permitirse si hay medidas adecuadas para proteger al menor de cualquier efecto dañino, como contenido que es perjudicial para su salud o bienestar.
  13. Técnicas de empuje. No se deberá usar técnicas de empuje para animar al menor a ofrecer datos personales que no son necesarios o flexibilizar o desactivar su configuración de privacidad.
  14. Juguetes y dispositivos conectados. Deben incluir las herramientas necesarias para asegurar el cumplimento del código.
  15. Herramientas online. Se deben facilitar a los menores, herramientas para que puedan ejercer sus derechos de protección de datos y reportar inquietudes.

¿A quién aplica?

Aplica a los “Servicios de la Sociedad de información” que puedan acceder los niños:

  • Aplicaciones
  • Programas
  • Motores de búsqueda
  • Plataformas de redes Sociales
  • Servicios de mensajería online o telefónica
  • Mercados online
  • Servicios de transmisión de video, música y juegos
  • Webs de noticias, educativas o que ofrezcan bienes o servicios.

Ámbito de aplicación

Este Código no solo aplica a empresas con sede en el Reino Unido sino a todas las empresas que traten datos personales de menores del Reino Unido, independientemente de donde estén ubicadas.

¿Seguirá España los pasos de Reino Unido?

Bien es sabido por todos, que la tecnología y los servicios ofrecidos a través de Internet, son cada vez mayores y que los menores son un usuario vulnerable ante estos, por lo que necesitan una especial protección.

Por el momento, ni España ni la Unión Europea se han pronunciado al respecto, para crear una legislación especial para los menores, pero la Agencia Española de Protección de datos facilita información y herramientas que sirven como recursos para que los padres o tutores y menores puedan guiarse: https://www.tudecideseninternet.es/aepd/