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Financiación alternativa: El Crowdfunding

El crecimiento de este sistema de financiación alternativa a la financiación bancaria ha crecido de tal forma en los últimos tiempos que incluso la Comisión Europea ha visto la necesidad de crear un grupo de expertos para que le asesoren sobre:

  • Contribuir en las tareas de sensibilización, suministro de información y formación a los promotores de los proyectos.
  • Promocionar la transparencia y el intercambio de buenas prácticas.
  • Proporcionar asesoramiento a la Comisión con el fin de establecer un sello de calidad buscando la confianza con los usuarios.

Pero qué es el crowdfunding? ¿Qué implicaciones legales tiene?

El crowdfunding es una inversión colectiva o micromecenazgo en donde una de las partes, persona jurídica o física, tiene un proyecto (en donde entran todas las variantes desde realización de películas hasta proyectos de ONG, producciones artesanales, financiación de partidos políticos, como es el caso de «Podemos», etc.) y busca recursos financieros para llevarlo a cabo; y la otra de las partes so los inversores -donantes interesados en participar en el proyecto y que pueden hacerlo a través de donaciones, recompensas que pueden consistir en hacer aparecer su nombre en los créditos de las películas o ponérselo a personajes de las novelas, ponerlo en la pagina web del emprendedor, la entrega del primer ejemplar del libro en formato digital, etc.; o aportaciones participando como socios crowdfunding en las sociedades emprendedoras.

En los dos primeros supuestos anteriores se trata de un micromecenazgo más puro, en el tercero en cambio estaríamos ante la figura denominada equitiy crowdfunding.

El proceso del crowdfunding se inicia cuando el emprendedor presenta el proyecto, habitualmente en una plataforma digital, señalando la cuantía que necesita para llevarlo a cabo y el plazo para que la financiación se realice. Dentro de dicho plazo se inician las aportaciones, si llegada la fecha límite nos e han cumplido con éxito las expectativas económicas, las donaciones-aportaciones deberán ser devueltas a los inversores.

Existen numerosas y diferentes plataformas web que ponen en contacto a ambas partes del sistema de crowdfunding, factor que facilita la tramitación, desarrollo y con suerte el éxito del proyecto. Además, lo que también ayudan a garantizar estas plataformas es la seguridad de que el inicio, proceso y final del proyecto se realiza de acuerdo con las normativas legales vigentes.

Por ejemplo, una de las condiciones de seguridad es que si el proyecto no finaliza se asegure el sistema de devolución del dinero, por ello cada una de estas devoluciones se deberá realizar de acuerdo con la forma de la aportación realizada, si son donaciones puras con la devolución de la cantidad, si son recompensas sin proceder a ellas y a la devolución del dinero, y si es a través de participaciones o acciones en la sociedad equity deberán realizarse a través de su venta por el mismo proceso que se realizó la compra y en las condiciones que los estatutos de la sociedad establezcan o se hayan dispuesto en Pactos de socios.

Este fenómeno extensivo, ante la falta de una normativa legal concreta para esta forma de financiación alternativa, se va autorregulando con las normas generales existentes tanto de derecho civil como mercantil. El crowdfunding va avanzando como fórmula financiera para start-up, pequeños emprendedores y todos aquellos que tienen una idea o proyecto por desarrollar.

Maria Gea Pérez
Abogada
geaadvs@icab.cat